Cambio de comercializador

El Contrato de Condiciones Uniformes de CHEC señala que con excepción de los SUSCRIPTORES Y/O USUARIOS localizados en áreas de servicio exclusivo, y de los contratos a término fijo, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá dar por terminado el contrato de servicio de energía, con el fin de suscribir un contrato con otro comercializador, siempre y cuando cumpla con los requisitos comerciales y técnicos que aquí se describen.

Comercializador. Persona cuya actividad principal es la comercialización de energía eléctrica. Operador de Red de STR's y/o SDL´s (OR). Es la persona encargada de la planeación de la expansión y de las inversiones, operación y mantenimiento de todo o parte de un STR o SDL; los activos pueden ser de su propiedad o de terceros. Para todos los propósitos son las empresas que tienen Cargos por Uso de los STR's y/o SDL´s aprobados por la CREG. El OR siempre debe ser una Empresa de Servicios Públicos.

1 ISAGEN
2 EPM
3 EECUNDINAMARCA
4 ELECTROHUILA
5 DICEL
6 EEPEREIRA
7 EMGESA
8 VATIA
9 RUITOQUE
10 EECOSTA
11 E2 ENERGÍA EFICIENTE
12 ENERTOTAL
13 ENERMONT

Última actualización: 2023/02/10

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