Exoneración a la contribución
Contribución: Contribución de solidaridad es un recurso público nacional, su
valor resulta de aplicar el factor de contribución que determina la ley y la
regulación, a los usuarios pertenecientes a los estratos 5 y 6 y a los
industriales y comerciales, sobre el valor del servicio.
Puedes revisar en tu factura de energía, si en la actualidad tienes este
cobro.
Esta petición es la que realiza el cliente y usuario, para que se exonere del
cobro de la contribución del servicio público de energía eléctrica en
determinado inmueble, donde la actividad principal que se desarrolla
corresponda con los códigos 011 a 360, 411 a 439 y 581 contemplados en la
Resolución DIAN 139 de 2012. Lo anterior en cumplimiento del Decreto 2860 de
2013.
Los requisitos para solicitar la exención por primera vez, son:
-
Debe presentarla por escrito o en el Formato de beneficio tributario,
debidamente diligenciado y firmado con sus anexos
-
Debe adjuntar fotocopia de la cédula del representante legal de la entidad o
institución que realiza la petición.
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Debe aportar RUT original, el cual debe incluir la información necesaria que
identifique la actividad económica principal y la sede o sedes donde se
realizan, con vigencia no mayor a treinta (30) días de expedición. Se debe
validar que la actividad de los establecimientos o sedes informada en la
casilla 161 (actividad económica) de la hoja # 6, coincida con el dato
registrado en casilla 46 de la hoja # 1 de RUT.
Los requisitos para solicitar la continuidad o renovación son:
Para continuar con el beneficio de la contribución, el cliente y usuario debe
presentar cada seis (6) meses la siguiente documentación:
Debe aportar RUT original, el cual debe incluir la información necesaria que
identifique la actividad económica principal y la sede o sedes donde se
realizan, con vigencia no mayor a treinta (30) días de expedición. Se debe
validar que la actividad de los establecimientos o sedes informada en la
casilla 161 (actividad económica) de la hoja # 6, coincida con el dato
registrado en casilla 46 de la hoja # 1 de RUT.
Nota: Si el beneficiario delega la presentación de la
petición en un apoderado, se debe aportar el poder autorizado por un notario,
caso en el cual no es necesario presentar la fotocopia de la cédula.
Este trámite no tiene costo y lo haces directamente con CHEC
Puedes radicar tu solicitud en la oficina de CHEC de tu municipio o a través
de nuestro módulo web de PQR.
Los requisitos para la exención de contribución para áreas comunes son:
Presentar una solicitud por escrito en la oficina de CHEC de tu municipio o a
través de nuestro módulo web de PQR.
Verifica que cumplas los siguientes requisitos y anexa estos documentos:
-
Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica
expedida por el Alcalde Municipal del lugar de ubicación de la copropiedad,
con una expedición no mayor a 3 meses.
-
Constancia suscrita por el Revisor Fiscal mediante certifique realizar el
trámite:
-
Que en las zonas comunes del Conjunto o Edificio no se realizan
actividades de industria y/o comerciales, o de ser ejecutadas, sea
directamente por la Propiedad Horizontal y que los ingresos o
contraprestaciones económicas derivadas de dichas actividades, son
derivadas exclusivamente para existencia de la Propiedad Horizontal, su
estabilidad, funcionamiento, conservación, seguro uso, goce o
explotación de los bienes de dominio particular.
-
En caso de no estar legalmente constituida la copropiedad, no podrá
solicitar la exención de contribución a zonas comunes (Ley 675 de 2001)
-
Para aquellas copropiedades o edificios que no tengan revisor fiscal,
deberán presentar la constancia suscrita por el Representante Legal de la
Persona Jurídica, donde se acredite las condiciones señaladas en el numeral
anterior.
- RUT actualizado
-
Número de cuenta SIEC donde se encuentra instalado el servicio público
de energía eléctrica.
- Este trámite no tiene costo y lo haces directamente con CHEC
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Puedes radicar tu solicitud en la oficina de CHEC de tu municipio o a través
de nuestro módulo web de PQR.
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Si tienes alguna duda para realizar esta solicitud te asesoramos, puedes
contactarnos a través del correo electrónico
[email protected]
o comunicarte al 889 90 00 ext 1918