Autogeneradores de gran escala

Persona natural o jurídica que produce energía principalmente para atender sus propias necesidades, y su potencia instalada es mayor a 1 MW (generalmente grandes comercios e industrias). Los autogeneradores de gran escala a los cuales les aplica la resolución CREG 174 de 2021 son aquellos que tienen potencias de generación entre 1 MW y 5 MW.

Estimado cliente, si su capacidad de generación se encuentra dentro de los límites indicados, usted debe considerar que anexo a la solicitud de conexión simplificada debe presentar un estudio de conexión simplificada.

Debes realizar un estudio de conexión simplificada de acuerdo los parámetros establecidos.

Si tu conexión es en el nivel de tensión 1 ingresa a través del siguiente vínculo:

Con tu número de cuenta o información del transformador para verificar la disponibilidad de la red. Si tu conexión es en otro nivel de tensión sigue al paso 3

Si eres es un cliente CHEC y cuentas con el servicio de energía por favor ubica en tu factura el número de cuenta para realizar este trámite. Una vez realizado el estudio de conexión simplificado debes realizar el ingreso de información al formulario de conexión simplificado anexando el estudio. Para realizar este paso debes tener la siguiente información:

  • Número de cuenta
  • Información del solicitante
    • Nombre
    • Cédula de Ciudadanía / NIT
    • Dirección de correspondencia
    • Municipio
    • Departamento
    • Teléfono / Celular
    • Email
  • Tipo de solicitud
    • Entrega de excedentes: SI/NO
    • Forma de entrega de excedentes
    • Fecha estimada de conexión del proyecto: dd/mm/aa
  • Información técnica de la generación
    • Tipo de tecnología: solar, biomasa, geotérmica, eólica, hidráulica, mareomotriz
    • Potencia instalada de generación (kW)
    • Información de los inversores
    • Información técnica de almacenamiento de energía (si la tiene)
  • Proyección de energía generada y consumida (KWH-MES)

Adicionalmente debe adjuntar los siguientes documentos según Art. 14 de la Res. 174 del 2021 para realizar el trámite:

  • Estudio de conexión simplificado de que trata el artículo 12 de la Resolución CREG 174-2021 (Si aplica).
  • Certificado de capacitación o experiencia en la instalación tipo.
  • Manual del (de los) dispositivo(s) que controla(n) la no inyección a red o la inyección a red en algún nivel fijo de potencia o energía." (Si aplica)
  • Archivo de la consulta de la disponibilidad de red en el punto de conexión en la página web del OR, esto para los casos de AGPE que inyectan energía a la red y los GD y que se conectan a nivel de tensión 1.
  • Documento donde se demuestre el cumplimiento de normas para inversores, definidas en el formulario de conexión simplificado. (Circular CREG 021/2022)
  • Otra documentación:
    • Diagrama unifilar (usar una norma nacional o internacional)
    • Identificación esquemática de la conexión del sistema de puesta a tierra con su conductor correspondiente y que contenga el esquema de protecciones con sus características.
    • Distancias de seguridad respecto a las redes existentes y el cuadro de cargas de la demanda total.
  • El AGPE, AGGE o GD existentes, y que requieran modificar sus condiciones actuales de conexión: Documento informando que ya es existente con los cambios a realizar en la instalación.

Importante: para los clientes que tengan entrega de excedentes es obligatorio el cambio de medidor a un medidor bidireccional con registro horario.

La respuesta de la solicitud de viabilidad será entregada a los 5 días hábiles contados partir del día siguiente del recibo de la solicitud. Su aprobación tiene una vigencia de 6 meses, si transcurrido este tiempo no se ha realizado la conexión se liberará la disponibilidad y el cliente debe iniciar nuevamente el trámite Recuerde: La visita de pruebas se realizará 2 días antes de la fecha indicada en el formulario como fecha estimada de conexión del proyecto de autogeneración.

Para conocer el Proceso de conexión para AGGE en caso de aplicar estudio de conexión simplificado, lo invitamos a ingresar a la cartilla publicada diseñada para tal fin (página 10 de la cartilla).

Se coordinará con el cliente con 48 horas de antelación la fecha prevista de la realización de las pruebas. En esta visita el cliente deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificación de conformidad con el RETIE.
  • Certificado de conformidad de producto del sistema de medición.
  • Certificados de calibración del sistema de medición.

Si en la documentación o pruebas realizadas sobre la instalación se presenta alguna inconsistencia, se programará una nueva visita en los 7 días hábiles siguientes a la primera visita, si se requiere visitas adicionales las mismas serán a costo del cliente. Para el año 2018 el costo de las visitas será de $194.400. Importante:

  • La instalación debe incluir un tipo de protección anti-isla, que garantice que no se inyectará energía a la red mientras ésta permanezca desenergizada.
  • El usuario que no exporte energía a la red deberá incluir un limitador de potencia en la instalación.

A los dos (2) días siguientes de aprobada la visita de pruebas se realizará la conexión del cliente y el cambio del medidor en el caso de que el cliente tenga entrega de excedentes.

Para realizar el pago de excedentes de manera mensual, se debe realizar el proceso de inscripción de proveedores, para lo cual se debe aportar la siguiente información:

  • Formato creación AN8 (adjuntar formato)
  • RUT o cédula
  • Certificación bancaria (con fecha no menor a 30 días)

Última actualización: 2023/02/02

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