La administración y la representación legal de la sociedad están a cargo de nuestro Gerente quien tendrá la calidad de trabajador particular, sometido a las normas del Código Sustantivo del Trabajo y a lo dispuesto en la Ley 142 de 1994 y normas concordantes, de acuerdo con el Artículo 41 de dicha Ley.
El Gerente tiene dos suplentes, Primero y Segundo, nombrados por la Junta Directiva, quienes lo remplazarán en sus faltas absolutas o temporales, además, las sociedad tendrá representantes legales para asuntos judiciales y administrativos